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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 348858
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 516
DIVORCIO EN CHIHUAHUA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 516
Si en el juicio de divorcio seguido en contra de la quejosa, se emplazó a ésta por medio de edictos en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua, por haber manifestado el actor que ignoraba su domicilio, cabe decir que la Suprema Corte de Justicia ha mantenido jurisprudencia en el sentido de que para que el emplazamiento se haga en la forma indicada, debe constar, cuando menos presuntivamente, que el actor ignoraba el domicilio del demandado; y si por el contrario, en autos se demostró que los cónyuges vivían juntos en otro Estado de la República, de esto se sigue que la demandada no fue oída legalmente, y por tal motivo, debe concedérsele el amparo, sin que pueda admitirse que hubiera debido agotar previamente recurso ordinario alguno, por haber tenido el carácter de extraña al juicio.
Precedentes
Amparo civil en revisión 4833/44. Hernández o Fernández Amada. 11 de abril de 1945. Mayoría de tres votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. Disidente: Vicente Santos Guajardo. Relator: Hilario Medina.