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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 348861
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 553
PRUEBA TESTIMONIAL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 553
Como la parte que presenta los testigos, es la que los acoge, debe estar a los riesgos propios de la calidad de éstos, de manera que si sus declaraciones no son satisfactorias, por su condición social, por su rudeza, por su ignorancia, etcétera, tales circunstancias no pueden invocarse en beneficio de quien los presenta, porque tuvo la posibilidad de escoger testigos que tuvieran discernimiento suficiente, respecto de los puntos sobre los cuales habrían de versar sus declaraciones.
Precedentes
Amparo civil directo 5323/42. Cruz Pablo. 12 de abril de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. Relator: Hilario Medina.