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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
348882
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 933

ARRENDAMIENTO (DECRETO PRESIDENCIAL DE DIEZ DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS).

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 933

Precedentes

Amparo civil directo 5973/43. Gamboa Carlos. 20 de abril de 1945. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Vicente Santos Guajardo no votó en este negocio, por las razones que se expresa en el acta del día. Relator: Agustín Mercado Alarcón.
Registro digital (IUS): 348882