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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 348915
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 1276
ASEGURAMIENTO DE BIENES, SUSPENSION DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 1276
Cuando sólo se trata de asegurar un bien que se dice pertenece a una persona, y alguien se opone a ese aseguramiento, alegando mejor derecho, la suspensión no paraliza ningún procedimiento judicial que tienda a definir ese derecho, sino tan sólo la ejecución de ese acto, para que mientras se decide el amparo, se mantengan las cosas en el estado que guardaban, sin que se afecte el interés general, ni se contravengan disposiciones de orden público, por tratarse únicamente de una contienda en que se ventilan interese privados.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 1933/45. Ramírez Isidoro. 28 de abril de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.