Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/348936
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
348936
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 1664

RESPONSABILIDAD CIVIL, BASES PARA LA FIJACION DEL MONTO DE LA INDEMNIZACION EN CASO DE.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 1664

Precedentes

Amparo civil directo 1403/42. Compañía Telefónica y Telegráfica Mexicana. 9 de mayo de 1945. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Vicente Santos Guajardo no concurrió a la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. Ponente: Hilario Medina.
Registro digital (IUS): 348936