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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349004
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2379
SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2379
No es la voluntad de las partes la que debe servir de norma para determinar a qué autoridad corresponde decretar la suspensión, sino la ley.
Precedentes
Queja en amparo civil 97/45. Caballero Agustín. 16 de junio de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.