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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349025
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2648
DESISTIMIENTO INDEBIDO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2648
Si el poder conferido al recurrente, le impide de una manera expresa desistirse de cualquiera acción que intente a nombre de su poderdante, y solicitó la suspensión, no puede luego reservarse sus derechos para hacer una nueva solicitud de suspensión, pues esto indica el desistimiento de la primera.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 1451/45. Petróleos Mexicanos. 23 de junio de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.