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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349033
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2727
QUIEBRAS, RECURSO QUE DEBE AGOTARSE PREVIAMENTE AL AMPARO, CONTRA RESOLUCIONES QUE REVOCAN EL CARGO DEL SINDICO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2727
La resolución que revocó el cargo de síndico al quejoso, admitía el recurso de apelación conforme a lo dispuesto en los artículos 1339, 1341 y 1498 del Código de Comercio vigente, en la época en que se pronunció el auto; y como no se agotó ese recurso, es correcto el sobreseimiento dictado por el inferior.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1517/35. Toca Juan. 27 de junio de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. La publicación no menciona el nombre del ponente.