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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349058
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 345
COMPETENCIA, AMPARO PROCEDENTE CONTRA RESOLUCIONES EN MATERIA DE (ACTOS DENTRO DE JUICIO Y DE IMPOSIBLE REPARACION).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 345
La resolución de segunda instancia que declara competente para conocer de un juicio intestamentario a Juez distinto de aquel ante quien el quejoso denunció el intestado, constituye un acto dentro del juicio de ejecución inmediata e irreparable, que queda comprendido en la fracción IX, del artículo 107 constitucional. La mencionada resolución no es atacable mediante recurso ordinario, y sus efectos son que el Juez ante quien el quejoso planteó la cuestión, se abstenga de conocer del negocio y de actuar en él, debiendo el propio quejoso acudir a Juez distinto del de su domicilio; y precisamente por la imposibilidad de actuar, del Juez estimado incompetente, no podría éste volver sobre la decisión de incompetencia y reparar el agravio causado, como tampoco podría hacerlo el tribunal responsable cuya actuación concluyó al dictar la resolución reclamada.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 9515/44. Fajardo Tiburcio. 9 de enero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.