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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349102
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 1005
LEYES DE EMERGENCIA, RETROACTIVIDAD DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 1005
Tratándose de leyes o decretos que tienen un carácter de emergencia, que dimana de un estado de guerra o calamidad pública, no puede decirse que se aplican de modo retroactivo con perjuicio de derechos adquiridos, porque esos derechos de los particulares, ceden ante el interés general.
Precedentes
Tomo LXXXIII, página 5030. Indice Alfabético. Amparo en revisión 2259/44. Castañón de Herrera Antonia. 19 de febrero de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXXXIII, página 1005. Amparo civil en revisión 1979/44. Elías Luis. 18 de enero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. Relator: Hilario Medina.