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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349103
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 1004
ARRENDAMIENTO, APLICACION DEL DECRETO DE EMERGENCIA PARA LOS CONTRATOS DE, A LOS JUICIOS PENDIENTES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 1004
El Decreto de Emergencia que prorroga en beneficio de los inquilinos, los contratos de arrendamiento para casas habitación y manda sobreseer en los juicios pendientes, es aplicable tratándose de juicios en que habiéndose dictado sentencia, ésta todavía no se ejecuta pues tales juicios no pueden considerarse concluidos. La mente de dicho decreto fue la de evitar las molestias inherentes a una desocupación, a los habitantes del Distrito Federal que estén al corriente en el pago de las rentas, los cuales tienen derecho a que se les apliquen sus preceptos.
Precedentes
Tomo LXXXIII, página 4749. Indice Alfabético. Amparo en revisión 2259/44. Castañón de Herrera Antonia. 19 de febrero de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXXXIII, página 1004. Amparo civil en revisión 1979/44. Elías Luis. 18 de enero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. Relator: Hilario Medina.