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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349113
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 1190
DEMANDA DE AMPARO, DESECHAMIENTO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 1190
Para los que Jueces de Distrito puedan desechar de plano por su notoria improcedencia, una demanda de amparo, se necesita que del escrito en que se contenga, aparezca un motivo manifiesto e indudable de improcedencia.
Precedentes
Queja en amparo civil 724/44. Rosado Lorenzo. 22 de enero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.