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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349138
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 1416
ACTOS CONSECUENCIA DE OTROS, AMPARO IMPROCEDENTE CONTRA LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 1416
El amparo intentado contra un auto de ejecución es improcedente, si se ha reclamado en amparo la sentencia de que se deriva, porque su legalidad y consistencia jurídicas dependen de la resolución que se dicte en el juicio de garantías enderezado en contra de dicha sentencia. Es por ello, en el caso, es aplicable por extensión, la fracción III del artículo 73 de la Ley de Amparo, ya que se trata de actos que son consecuencia inmediata de otros que se encuentran reclamados en la vía de garantías.
Precedentes
Amparo civil en revisión 8035/39. Piñón Tiburcio, sucesión de. 24 de enero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Ponente: Eduardo Vasconcelos.