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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349151
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 1679
EMBARGANTE, DERECHOS DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 1679
Si el embargo de una finca, efectuado a favor del quejoso, se registró cuando dicha finca ya no era del demandado, y la escritura de adjudicación al propio quejoso, se autorizó cuando la finca ya estaba inscrita como de la propiedad de otra persona, debe estimarse que esa adjudicación fue ilegal, ya que el derecho del embargante está supeditado a que la propiedad pertenezca al embargado.
Precedentes
Amparo civil directo 4583/43. Araiza J. Guadalupe. 26 de enero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez y Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.