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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349159
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 1771
INTERES JURIDICO PARA LA SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 1771
La circunstancia de que las autoridades responsables hayan confesado que son ciertos los actos reclamados, no implica en manera alguna que el quejoso haya demostrado el interés jurídico que le asiste en el asunto para pedir la suspensión de los actos reclamados.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 8860/44. Domínguez de Estrada Petra. 27 de enero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.