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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349173
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 1923
HIJOS MENORES, TENENCIA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 1923
Si la madre solicitó la intervención de la autoridad judicial, para que se declarara que era a ella a quien correspondía la tenencia del menor hijo, el cual estaba en poder de su padre, y la autoridad resolvió negativamente, los efectos de dicha resolución no pueden ser otros que los de que el menor quede en poder del padre, y planteado así el problema, al hecho de que el propio menor se encontrase en un momento dado, en poder de la madre, porque ésta se hubiera apoderado de él o por cualquiera otra circunstancia, no puede cambiar la situación de derecho establecida por la sentencia, ni menos hacer valedero el argumento de la madre, en el sentido de que para quitarle la tenencia del hijo, fuera necesario un nuevo juicio, pues esto pugnaría con los mandamientos que rigen la cosa juzgada.
Precedentes
Amparo civil en revisión 9874/43. Martínez de Ruiz Manuela. 31 de enero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. Ponente: Vicente Santos Guajardo.