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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349174
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 1929
DESOCUPACION, RECURSO CONTRA EL AUTO QUE ADMITE LA DEMANDA DE (LEGISLACION DE OAXACA).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 1929
El auto que da entrada a la demanda, ya sea en juicio ordinario o en extraordinario, como lo es el sumario de desocupación, admite el recurso de apelación, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 648 y 649, en relación con el artículo 961 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Oaxaca. No sirve de apoyo a la tesis contraria, lo establecido por el artículo 977 del mismo código, pues este precepto se refiere al periodo de lanzamiento, en el cual no se admite recusación ni otro recurso alguno, y además, en el capítulo relativo a "Disposiciones especiales para el juicio de desocupación", del propio ordenamiento, no existe precepto que prohiba la apelación del auto que da entrada a la demanda, en esa clase de juicios.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3487/44. Jiménez Consuelo. 31 de enero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. La publicación no menciona el nombre del ponente.