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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349229
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 2809
EMBARGO SUSPENSION DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 2809
No es necesario demostrar plenamente la propiedad del bien embargado por parte del quejoso, para acreditar el interés jurídico que tenga al solicitar la suspensión, pues de acuerdo con la jurisprudencia, basta un principio de prueba que lo acredite aunque sea en forma presuntiva, como propietario, para tener por cierto que hay ese interés al solicitar la suspensión.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 54/45. Ríos Carlos S. 17 de febrero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.