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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349245
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 2955
ACTOS EJECUTADOS DESPUES DE CONCLUIDO EL JUICIO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 2955
Si el auto que mandó abrir a prueba un juicio, por lo que se refiera a algunos de los demandados, fue dictado ya concluido dicho juicio, el propio auto es reclamable en amparo, conforme a lo dispuesto por la fracción IX del artículo 107 constitucional.
Precedentes
Amparo civil en revisión 4992/44. Flores Jesús y coagraviados. 21 de febrero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. Ponente: Carlos I. Meléndez.