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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349257
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 3084
SIMULACION, NULIDAD POR CAUSA DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 3084
Para declarar en juicio de nulidad de un contrato por simulación, se necesita que, por medio de pruebas, entre las que las indirectas o presuncionales, son de gran importancia, se llegue a demostrar que el contrato atacado de nulidad, deriva de otro contrato oculto, fraguado para eludir una sanción, dándole una forma aparente que no corresponde a la realidad. Pero es necesario también, para estimar la existencia de tal simulación, que exista un interés directo entre los contratantes, concurriendo por su propio derecho o por legítima representación; pues si se pretende una declaración de nulidad contra actos contractuales ejecutados por terceras personas que no intervienen en la contienda, no cabe tomar en consideración la acción ejercitada, por no existir capacidad para hacerla valer, y el amparo que se intenta contra actos emanados de resoluciones negativas por tal concepto, debe negarse.
Precedentes
Amparo civil directo 5013/41. Ferrara Orazio. 26 de febrero de 1945. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Emilio Pardo Aspe.