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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349291
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 3741
PRUEBA TESTIMONIAL, APRECIACION DE LA (TESTIGOS SINGULARES).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 3741
Aunque el artículo 419 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, no resta eficacia a la declaración de un solo testigo, sino que deja la valorización de la prueba testimonial, al prudente arbitrio del Juez, debe tenerse en cuenta que esa valorización debe fundarla la autoridad que la hace, en alguna consideración que demuestre la razón de su juicio.
Precedentes
Amparo civil en revisión 6152/44. Martínez Emilia. 8 de marzo de 1945. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Carlos I. Meléndez.