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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349301
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 3826
AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, DIFERIMIENTO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 3826
No constando de autos el emplazamiento de uno de los terceros perjudicados, estuvo bien diferida la audiencia constitucional, pues de continuarla y pronunciar sentencia, se daría lugar a que el tercer perjudicado omitido, atento a lo previsto en el párrafo final del artículo 93 de la Ley de Amparo, pidiera la reposición del procedimiento.
Precedentes
Queja en amparo civil 56/45. Barreto Modesto. 10 de marzo de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.