Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/349308
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349308
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 4013
ACCION, FALTA DE PRUEBA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 4013
La defensa de sine actione agis, implica la negación de la demanda, y el solo hecho de que el actor no pruebe su acción, es bastante para absolver a la parte demandada, sin que el error en que haya incurrido la autoridad responsable, al resolver que la demandada probó sus excepciones, después de haber dicho que el actor no probó su acción, pueda causar un perjuicio a éste si efectivamente no justificó la acción que intentó.
Precedentes
Amparo civil directo 423/45. Herrera Rodríguez Enrique. 14 de marzo de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.