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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349371
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 155
COMPRAVENTA CON PACTO DE RETROVENTA (LEGISLACION DE NUEVO LEON).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 155
De acuerdo con el artículo 2825 del Código Civil anterior, se llamaba retroventa a la venta hecha con la condición de que, dentro de un plazo determinado, se podía rescindir el contrato, devolviendo respectivamente el precio y la cosa. Por tanto, no puede considerarse existente el pacto de retroventa, si no se estipuló condición alguna en el contrato de venta, por la cual el comprador se obligara a rescindir el contrato en un cierto término; tampoco puede desprenderse ese pacto de la carta que el comprador haya dirigido al vendedor, manifestándole que si en determinado plazo quería éste hacerse de nuevo de la cosa, no tenía aquél inconveniente en traspasarla por el mismo precio, en virtud de que de los términos de dicha carta, no se advierte que la operación de compraventa, como una modalidad expresamente convenida.
Precedentes
Amparo civil directo 5649/43. Rodríguez de Ramírez Emilia y coag. Mayoría de tres votos. Disidentes: Hilario Medina y Carlos I. Meléndez. La publicación no menciona el nombre del ponente.