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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349378
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 251
REGISTRO PUBLICO, SUSPENSION DE LA CANCELACION DE INSCRIPCIONES EN EL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 251
Si el proveído reclamado ordena que se gire oficio al registrador de la propiedad, a fin de que proceda a efectuar la cancelación de las inscripciones que se habían hecho de un embargo, si no aparece en el expediente que se hubiese ya cumplido con ese proveído, girando oficio al registrador de la propiedad con el fin ya indicado; respecto a este último efecto, producido por la resolución reclamada, sí cabe la suspensión.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 5477/49. Ramírez Ignacio y coag. (Sucesiones acumuladas). 8 de octubre de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.