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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349416
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 590
CONFESION INEXISTENTE EN MATERIA CIVIL, TRATANDOSE DE DECLARACIONES EN PROCEDIMIENTOS PENALES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 590
No puede considerarse existente la prueba de confesión, si la declaración respectiva no se produjo ante Juez incompetente sino en un procedimiento del orden criminal, sin las formalidades que la ley civil requiere para la confesión; por lo que es indudable que ese medio de prueba carece de todo valor jurídico.
Precedentes
Amparo civil directo 5240/45. Medina José G. 20 de octubre de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.