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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349441
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 729
ARRENDAMIENTO, CLAUSULAS ADICIONALES QUE CONTRARIAN LAS CONTENIDAS EN EL CUERPO DEL CONTRATO DE (SUBARRENDAMIENTO).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 729
Si en el cuerpo del contrato se contiene una cláusula en la que se expresa una prohibición general de traspaso o subarrendamiento, y en una cláusula adicional, se autoriza al inquilino para subarrendar, debe estimarse, con fundamento en el artículo 1854 del Código Civil del Distrito Federal, que la voluntad definitiva de las partes fue dejar sin efecto la prohibición definida en el cuerpo del contrato, pues de lo contrario la cláusula adicional no se justificaría ya que no tendría posible interpretación jurídica.
Precedentes
Amparo civil en revisión 467/48. Fernández Celestino. 24 de octubre de 1949. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Hilario Medina. Ponente: Vicente Santos Guajardo.