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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349470
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 860
PROVIDENCIAS PRECAUTORIAS, REVOCACION INDEBIDA DE LAS (LEGISLACION DE COAHUILA).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 860
El artículo 254 del Código de Procedimientos Civiles dispone que cuando la providencia precautoria se dicte por un Juez que no sea el que deba conocer del negocio principal, una vez ejecutada y resuelta la reclamación, si se hubiere formulado, se remitirán al Juez competente las actuaciones, y, en todo caso, se unirán al expediente para los efectos que correspondan, conforme a derecho; el artículo 252 del mismo código, establece que la persona contra quien se haya dictado una providencia precautoria, puede reclamarla en cualquier tiempo, pero antes de la sentencia ejecutoria; y el artículo 440 del propio ordenamiento, estatuye que la reclamación se sustanciará en forma incidental. Ahora bien, si el Juez que decretó la providencia precautoria, no correspondía el conocimiento del juicio principal, pues sólo actuó en auxilio del Juez competente, debió aquél remitir a éste el expediente, para que procediera conforme a sus facultades; y si en lugar de hacer esto, revocó la providencia de embargo, para lo cual no estaba autorizado, es indudable que con ello incurrió en violación de los preceptos legales citados, motivo por el cual debe concederse la protección federal contra el auto revocatorio respectivo.
Precedentes
Amparo civil en revisión 6101/49. Sindicato Industrial de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana. 26 de octubre de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.