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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349472
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 884
POSESION, INDENTIFICACION DEL BIEN RESPECTO DEL CUAL SE RECLAMA LA PRIVACION DE LA (INTERES JURIDICO EN EL AMPARO, FALTA DE).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 884
Si la autoridad responsable admitió en su informe, ser cierto que ordenó que se pusiera en posesión de un inmueble, al tercero perjudicado, pero sin determinar sus medidas y colindancias, tocaba al quejoso demostrar en el audiencia de derecho, con pruebas adecuadas, que el inmueble de que se habla en ese informe, es el mismo que el de su propiedad y posesión, respecto del cual reclama la privación de esta última, y si no lo hizo, el Juez de Distrito obró legalmente al sobreseer en el juicio de garantías, por no haberse comprobado que el acto reclamado afecte los intereses jurídicos del promovente del amparo.
Precedentes
Amparo civil en revisión 7394/48. Martínez Licona Ramón Aristeo. 27 de octubre de 1949. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hilario Medina.