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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349478
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 931
SUCESIONES, ACCIONES DE COBRO CONTRA LAS (LEGISLACION DE DURANGO).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 931
La finalidad que persigue el artículo 3598 del Código Civil, es que no se intenten acciones de cobro contra las sucesiones, mientras no transcurra el término razonable y legal para la formación y aprobación de inventarios; pero no hacer nugatorios los derechos de los acreedores legítimos, con créditos vencidos y exigibles, en los casos en que la conducta negligente o maliciosa del albacea y de los herederos, se traduzca en una indefinida demora en la formación del inventario.
Precedentes
Amparo civil directo 4006/37. Ríos Jesús Jr. y socios. 28 de octubre de 1949. Mayoría de tres votos. Ausente: Roque Estrada. Disidente: Hilario Medina. Ponente: Carlos I. Meléndez.