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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349550
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 1380
SENTENCIAS, CONGRUENCIA DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 1380
Si el actor estimó la cuantía de su demanda en determinada cantidad, no pudo condenarse al demandado a pagar una cantidad mayor, con base en un avalúo pericial, pues éste no debe rebasar lo pedido por el actor.
Precedentes
Amparo civil directo 6657/48. Paniagua Aguilar Agustín. 14 de noviembre de 1949. Mayoría de 3 votos. Disidentes: Hilario Medina y Vicente Santos Guajardo. Ponente: Carlos I. Meléndez.