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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349587
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 1592
APELACION, MATERIA DE LA (SENTENCIAS INCONGRUENTES).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 1592
La sentencia de apelación debe concretarse al estudio de los agravios, por lo que se viola el principio de la congruencia, cuando el tribunal analiza cuestiones no planteadas por el apelante.
Precedentes
Amparo civil directo 3698/48. Gildred Theodore. 19 de noviembre de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hilario Medina. La publicación no menciona el nombre del ponente.