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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349611
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 1693
AMPARO, PROCEDENCIA DEL (ACTOS DERIVADOS DE UN AMPARO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 1693
Si en un segundo amparo se trata de una cuestión meramente incidental, independiente de la que fue motivo de la primera demanda de garantías entablada en nombre de la quejosa, y si en esa cuestión incidental, independiente de la principal se han cometido las violaciones constitucionales que se reclaman en el segundo amparo, no puede decirse en rigor que en este juicio de amparo, se reclame un acto que se derive del otro juicio de amparo, promovido con anterioridad por la misma quejosa.
Precedentes
Amparo civil 8228/49. Torres viuda de Delgado Guadalupe, sucesión de. 26 de noviembre de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Octava Parte, Común, página 81, tesis 49, de rubro "AMPARO IMPROCEDENTE CONTRA ACTOS DERIVADOS DE OTROS RESUELTOS.".