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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349651
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 82
FIADOR EN EL ARRENDAMIENTO, RENUNCIA DE BENEFICIOS LEGALES POR EL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 82
Si en el contrato de arrendamiento, el fiador renunció a los beneficios que le conceden los artículos 2814, 2845, 2846, 2848 y 2849 del Código Civil del Distrito Federal, no pudo después, al serle demandado el pago de rentas que dejó de cubrir el inquilino, acogerse a las prerrogativas que en favor de los fiadores, consignan los mencionados preceptos legales.
Precedentes
Amparo civil directo 9840/43. Prieto Requena Nicanor. 2 de octubre de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.