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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349694
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 979
REPRESENTANTE COMUN, FACULTADES DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 979
Una vez designado el representante común, desaparecen las personalidades de sus representados, quienes no pueden ejercitar aisladamente su acción. Aquél viene a ser un mandatario de éstos, con facultades de representación aun fuera del juicio, siempre que sea para defender los derechos a que el mismo se refiere; y ni aun la ausencia del representante común faculta a sus representados para promover aisladamente, sin perjuicio de exigirle responsabilidades por los daños y perjuicios que con su actitud les ocasione. Finalmente, el representante común puede promover amparo con ese carácter, siempre que el juicio así lo requiera.
Precedentes
Amparo civil directo 2253/43. Guajardo Antonio. 11 de octubre de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.