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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349697
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 1104
CONTRATOS, LEY APLICABLE TRATANDOSE DE LA TERMINACION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 1104
Tratándose de la terminación de un contrato, no deben aplicarse las disposiciones del Código Civil vigente en la época en que aquél se celebró, pues si la terminación se deriva de hechos acaecidos bajo el imperio de un nuevo código, esos hechos y sus efectos deben regirse por la ley vigente en el momento en que tuvieron lugar.
Precedentes
Amparo civil directo 6777/43. Gaitz Abraham. 13 de octubre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. La publicación no menciona el nombre del ponente.