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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349717
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 1248
CEDULAS HIPOTECARIAS, CONTRATO PREPARATORIO A LA EMISION DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 1248
Si la asociación hipotecaria quejosa se comprometió a celebrar con el tercer perjudicado, un contrato, por medio del cual aquélla intervendría en la emisión de cédulas hipotecarias, constituyendo a ese fin dicho tercer perjudicado, hipoteca sobre un inmueble, debe estimarse que ese compromiso no necesitaba de formalidad alguna externa para su validez, en virtud de que no hay precepto de ley que así lo exija, y en consecuencia, dadas las prevenciones de los artículos 78 y 79, fracción I, del Código de Comercio, no era necesario que tal compromiso o contrato preparatorio a la emisión de cédulas hipotecarias, se hiciera constar ni siquiera en documento privado.
Precedentes
Amparo civil directo 3529/38. Asociación Hipotecaria Mexicana, S. A. 16 de octubre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. La publicación no menciona el nombre del ponente.