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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349721
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 1272
HERENCIA, VALOR DEL CAUDAL LIQUIDO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 1272
La única prueba admisible para determinar el valor del caudal líquido hereditario, es el inventario legalmente aprobado, y antes de que lo sea, no puede considerarse justificado el recurso de revocación interpuesto contra el auto de reconocimiento de heredera, en favor de la cónyuge supérstite, fundado ese recurso en que la porción hereditaria que pudiera corresponder a ésta, es menor que el valor de sus bienes propios.
Precedentes
Amparo civiles acumulados en revisión 7921/43. Ugalde José y coagraviados. 16 de octubre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. La publicación no menciona el nombre del ponente.