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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349725
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 1286
DEPOSITO DE DINERO COMO COSA MERCANTIL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 1286
El peso mexicano es la base de la moneda, y el dinero, por su esencia, es cosa mercantil; de modo que si el depósito constituido en poder de una sociedad mercantil, consistió en determinada cantidad en oro nacional, debe estimarse que tal depósito lo fue de cosa mercantil.
Precedentes
Amparo civil en revisión 5352/43. Huerta Alfredo y coagraviado. 16 de octubre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. Ponente: Hilario Medina.