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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349728
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 1286
DEPOSITO MERCANTIL, LEY APLICABLE AL CONTRATO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 1286
El artículo 2547 del Código Civil del Distrito Federal de mil ochocientos ochenta y cuatro, según el cual, el depósito es gratuito por su naturaleza, aunque pueda el depositario estipular alguna gratificación, es inapelable tratándose del depósito constituido en poder de una sociedad mercantil, mientras no se acredite que, por excepción, ésta ejecutó un acto de naturaleza civil, extraño a su objeto; y como el Código de Comercio estatuye expresamente sobre este punto, debe excluirse la supletoriedad del Código Civil.
Precedentes
Amparo civil en revisión 5352/43. Huerta Alfredo y coagraviado. 16 de octubre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. Ponente: Hilario Medina.