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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349806
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 3133
CONTRAFIANZA, INSUFICIENCIA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 3133
Si la contrafianza que se exige al quejoso es insuficiente para responder del valor de lo que se reclama y además de los daños y perjuicios que se traducen en los intereses legales sobre ese valor en tres años, la queja debe declararse fundada para el efecto de que se fije como monto de la contragarantía la cantidad adecuada.
Precedentes
Queja en amparo civil 674/44. Piscil Alvaro. 13 de noviembre de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.