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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
349835
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 3492

NULIDAD DE ACTUACIONES, AMPARO IMPROCEDENTE CONTRA LA RESOLUCION QUE LA NIEGA.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 3492

Precedentes

Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 8048/44. Ríos de Ugalde Tránsito. 17 de noviembre de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Quinta Epoca: Tomo LXXV, página 536. Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 3008/42. Klevezas Zusmanos. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XXXI, página 2562. Tesis de rubro "NULIDAD, INCIDENTE DE." Nota: En el Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo LXXV, esta tesis aparece bajo el rubro "NULIDAD, AMPARO CONTRA RESOLUCIONES DICTADAS EN LOS INCIDENTES DE."
Registro digital (IUS): 349835