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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349844
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 3561
FIANZA EN EL AMPARO, MODIFICACION DEL MONTO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 3561
Si el quejoso estima que la cantidad fijada como monto de la fianza, es excesiva, debe interponer el recurso de revisión, en contra de la parte de la interlocutoria por la que le fue fijado tal monto, ya que el Juez de Distrito no puede revocar la determinación que señala el monto de la garantía, si no se invoca un motivo superveniente.
Precedentes
Queja en amparo civil 669/44. Mendoza González Felícitas. 18 de noviembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.