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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349870
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 3983
LANZAMIENTO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 3983
Si el acto reclamado consiste en el despojo y lanzamiento de la quejosa, procede admitir la contrafianza, porque si obtiene la protección constitucional, física y legalmente es posible la restitución de las cosas al estado que guardaban con anterioridad a la violación de garantías; pero es fundada la queja que se basa en la notoria insuficiencia de esa contrafianza.
Precedentes
Queja en amparo civil 699/44. Santander María Laurilia. 25 de noviembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.