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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349872
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 4000
ACTO RECLAMADO, COMO DEBE APRECIARSE EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 4000
Al estimar como ciertos presuntivamente los actos reclamados, se debe aceptarlos tal como se expresan en la demanda, pues de otro modo, la presunción de referencia no puede operar en ausencia de datos que contradigan lo que el quejoso sostiene en la demanda de amparo.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 8436/44. Santiago viuda de Flores Beatríz. 25 de noviembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.