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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349901
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 4575
SUELDOS, RETENCION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 4575
Ningún perjuicio puede resentir una compañía con la orden que consiste en retener el sueldo de un trabajador y entregarlo a otra persona, porque no es exacto que en ese acuerdo le ordenen entregar el sueldo íntegro sin hacer los descuentos que la ley fija, ya que lógicamente debe entenderse que lo que debe retener para entregar al acreedor alimentista, es justamente lo que le corresponde y ordinariamente le paga.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 9041/44. Petróleos Mexicanos. 6 de diciembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.