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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349902
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 4577
GASTOS Y COSTAS, SUSPENSION CONTRA LA SENTENCIA QUE CONDENA AL PAGO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 4577
Si el Juez de Distrito no analizó más que uno de los efectos del acto reclamado, y no todos ellos, puesto que en la sentencia de la Sala se condenó al quejoso al pago de los gastos y costas respectivos, en ese aspecto, no puede estimarse consumado el acto, sino que la suspensión procede para que no se hagan efectivos esos gastos y costas, satisfaciéndose así el requisito de la fracción III del artículo 124 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 8995/44. Maldonado Alfonso. 6 de diciembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.