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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
349925
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 259

SENTENCIAS QUE NO CONDENAN A CANTIDAD LIQUIDA (LEGISLACION DE OAXACA).

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 259

Precedentes

Amparo civil directo 4531/38. Ruiz Soledad. 5 de julio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Vicente Santos Guajardo no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 349925