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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349941
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 574
TERCERIAS COADYUVANTES (LEGISLACION DE SINALOA).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 574
La tercería coadyuvante, como su mismo nombre lo indica, tiene por objeto ayudar a aquél a cuyo favor se interpone, con los razonamientos que aduce el tercerista y las pruebas que aporta, y por eso el artículo 611 del Código de Procedimientos Civiles de Sinaloa, dispone que la acción que deduzca al tercero coadyuvante, debe decidirse con la principal, en una misma sentencia. Ahora bien, si el tercerista se concretó a hacer suyos los hechos y fundamentos de derecho expuestos por el actor, es decir, no agregó argumento alguno en favor de las prestaciones de éste, ni rindió pruebas, en tales condiciones, es claro que no puede estimarse que se ocasionen al propio actor, perjuicios, reparables por medio del amparo, por virtud de las consideraciones de la autoridad responsable, respecto a que basta que ninguna prueba se haya rendido en la tercería, para declararla improcedente, de acuerdo con el artículo 278 del código procesal citado, que dispone que el actor debe probar los hechos constitutivos de su acción y el reo los de sus excepciones, y menos pueden causarle agravio los argumentos complementarios de la responsable, relativos a que de acuerdo con el artículo 2065 del Código Civil local, el tercerista carecía de facultades para promover la tercería.
Precedentes
Amparo civil directo 3465/43. Sáinz viuda de Aretos Marcela. 10 de julio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Carlos I. Meléndez no intervino en este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.