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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349967
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 1163
MENORES, GUARDA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 1163
Contra la resolución que suspenda las obligaciones de un menor, de vivir con sus padres en virtud del maltrato que le dan, y lo mandan confiar a otra persona, es improcedente conceder la suspensión, porque hay un motivo manifiesto de interés público en evitar que los menores reciban malos tratos de sus padres, mientras se fija su situación definitiva, al fallarse el amparo en lo principal.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 4343/44. Orozco Candelario Ramón y coaga. 15 de julio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.